Parejas de hecho
——– EL SERVICIO ——–
La orden de protección se dicta en los casos en que, existiendo indicios fundados de la comisión de un delito contra la vida, integridad física o moral, libertad sexual, libertad o seguridad de una mujer (por parte de un hombre que sea o haya sido su cónyuge o que esté o haya estado ligado a ella por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia), resulta una situación objetiva de riesgo para la víctima que requiere la adopción de alguna medida de protección.
• Juicios rápidos, que facilitan el enjuiciamiento de este tipo de delitos, simplificando los trámites, con asistencia ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer o Juzgado de Instrucción.
• Defensa o acusación ante el Juzgado de lo Penal.
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